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Aspectos generales

Obligaciones legales para el destinatario

  1. Recepción de la factura por medio electrónico
    • Verificación de los contenidos mínimos exigibles y
    • Verificación segura de la firma electrónica.

    Regulado en el artículo 21 e inherente a las obligaciones de la conservación de las facturas electrónicas se indica que:

    “el destinatario se debe asegurar de la legibilidad en el formato original en el que se haya recibido, así como, en su caso, de los datos asociados y mecanismo de verificación de firma”.

    A diferencia del emisor, al que se permite construir la factura desde la matriz, el destinatario debe conservar los originales firmados.

  2. Contabilización y anotación en registros de IVA 
  3. Conservación durante el período de prescripción 
  4. Deber de gestionar las facturas de modo que se garantice una accesibilidad completa
    • visualización,
    • búsqueda selectiva,
    • copia o
    • descarga en línea e impresión.
  5. Todas las fases anteriores puede subcontratarlas a un tercero, sin perder su responsabilidad 

Sobre el Ministerio

Gobierno de España. Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

P. de la Castellana 160, C.P. 28046 Madrid, Madrid, España.

Gobierno de España. Ministerio de Hacienda y Administraciones públicas.

C/ Alcalá 9, C.P. 28014 Madrid, Madrid, España.